El Año Nuevo trae consigo novedades legales a todos los niveles, y una de las más importantes es sin duda la relativa a los impuestos. El último Consejo de Ministros de 2017, el 29 de diciembre, aprobó una serie de medidas fiscales para los próximos doce meses. Una batería de 14 modificaciones tributarias recogidas en un Real Decreto que entra en vigor este 2018 y que reforma tres reglamentos. En definitiva, un nuevo panorama de obligaciones para empresas y ciudadanos que estos deben conocer.
El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas es el que más cambios sufre, hasta un total de seis modificaciones pensadas para simplificar la gestión, aclarar conceptos y reducir cargas administrativas:
– – Se aumenta el límite exento de las becas públicas para cursar estudios, de 3.000 a 6.000 euros anuales; hasta 18.000 las relativas a transporte y alojamiento hasta el nivel de máster; y hasta 21.000 para estudios realizados en el extranjero
– – Se detalla que los gastos de formación de personal que no constituyan retribución en especie también incluyen los financiados por empresas o entidades distintas del empleador
– – Se amplía la cuantía diaria exenta de los vales-comida de 9 a 11 euros
– – Se extiende la aplicación del mínimo por descendientes también a quien tengan atribuida en virtud de resolución judicial la guarda y custodia de los menores
– – Se permite la subsanación voluntaria de errores cometidos al presentar una autoliquidación mediante el propio modelo aprobado por el Ministerio
– – Se establece un nuevo supuesto de retención o ingreso a cuenta en caso de transmisión de derechos de suscripción preferente
El Impuesto de Sociedades también es otro de los gravámenes directos que se ve afectado por la reforma, modificándose la declaración denominada “información país por país” para adecuarla a las directivas comunitarias, y la conversión de activos por impuesto en diferido en crédito exigible frente a la Administración tributaria, para que sea conforme a la revisión de la Ley del Impuesto de Sociedades.
El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones ofrece también dos novedades importantes. Por una parte, al adquirir un bien inmueble, se establece el deber de incluir la referencia catastral del inmueble transmitido. Por otra, la posibilidad de que las personas no residentes acrediten el cumplimiento de las obligaciones referidas a este impuesto mediante certificación expedida por la AEAT.
Los impuestos indirectos también cuentan con algunas variaciones a tener en cuenta para este 2018. Por lo referente al IVA, se permite que la AEAT pueda autorizar justificadamente que la información remitida no incluya todas las menciones o toda la información referida en los libros registros del impuesto. Además, entre otras modificaciones, el procedimiento de devolución del IVA a viajeros pasa a ser electrónico de forma obligatoria a partir de 2019.
En lo relativo al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, se incluye un procedimiento de autoliquidación en caso de adquisición de un gran número de bienes muebles a particulares por parte de profesionales. Los Impuestos Especiales también introducen nuevas medidas, como la obligación de llevanza de los libros de contabilidad exigidos reglamentariamente a través de la Sede Electrónica de la AEAT.
Por último, en lo que se refiere a las franquicias y exenciones en régimen diplomático, consular y de organismos internacionales, se modifica el procedimiento adaptándolo a la normativa de la Unión Europea, y se amplía la exención a servicios como la seguridad, limpieza, consultoría y traducción.
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