En enero de 2016 el Ministerio de Industria, Energía y Turismo cifraba las PYMES inscritas en la Seguridad Social en un total de 1.271.082 y debido a la situación económico-laboral de España, cada vez son más las personas que se deciden a emprender o darse de alta como freelance.
Este nuevo año trae algunas noticias favorables y otras no tanto para el mundo de las PYMES y autónomos por lo que si perteneces a este sector te interesa mucho leer nuestra siguiente lista con toda la información necesaria para afrontar 2017:
1. La temida subida de la Cuota de autónomos: El aumento del SMI en un 8% aprobado el 1 de enero podría suponer también una subida de las cuotas a la Seguridad Social de los autónomos. La cuota mínima general prevista para el 2017 será de 285,41€ y la máxima de 1.121,63€. Según estos datos, quienes tengan la cuota mínima de autónomos deberán pagar al mes 18,37€ más respecto a 2016.
2. Novedades en las deducciones: En 2017 se podrá incluir como gasto deducible los suministros de agua, gas y luz para personas que trabajen desde casa y no tengan local físico así como los gastos de vehículo para los que deban desplazarse. Esta deducción será de un 20%.
3. Cuota de los autónomos societarios: Este sector es el que más sufrirá ya que debido a la subida del SMI sus bases de cotización se incrementarán también en un 8%.
4. Ampliación de la Tarifa Plana de seis meses a un año: Los nuevos emprendedores podrán pagar durante este tiempo una cantidad de 50 euros mensuales y se incrementará hasta alcanzar la tarifa normal.
5. La baja por maternidad: Las autónomas españolas estarían de enhorabuena ya que se bonificaría el 100% de la baja, tanto para las trabajadoras autónomas sustituidas como las que no y estarán exentas de pagar la cuota durante la misma.
6. Como añadido, si después de haber concluido la baja, la freelance se reincorpora (incluso tras dos años a contar desde la fecha del parto) tendrá derecho a disfrutar del 100% de la cuota por contingencias comunes independientemente de su base de cotización.
7. Para casos en los que deba figurar la baja y alta médica se estudia una forma más justa en la que las solicitudes serán efectivas en el mismo día y no se contabilizará el mes completo para no perder tiempo de cotización.
8. Una de las medidas para este 2017 es compatibilizar la jubilación y trabajo autónomo. Se pretende que una persona que se haya retirado de la vida laboral pueda cobrar el 100% de la pensión.
9. A partir de 2017 se podrá aumentar el número de cambios en la base de cotización hasta cuatro anuales algo que hasta ahora se reducía a dos.
10. Flexibilidad en los recargos por retraso en el pago de la cuota:
i. En caso de que la cuota se abonase en el primer mes tras el vencimiento del plazo se aplicaría un 3% de recargo.
ii. Para el segundo mes tras el vencimiento un 5%.
iii. Un recargo del 10% durante el tercer mes.
iv. Un 20% a partir del tercer mes.
11. Cuota progresiva de autónomos: esta medida que se aplicaría en función de los ingresos reales que tenga el autónomo quizá se pueda conseguir en 2017. Sería una gran ayuda para todos aquellos que no logren superar el SMI. Por el momento no se ha aprobado esta reforma aunque figura como “medida urgente”.
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